RESUMEN:
Crítica a la objeción de Kelsen según la cual el "dar a cada uno lo suyo" reenviaría necesariamente al derecho positivo para determinar qué es "lo suyo" de cada uno
TEXTUAL:
§ 59 En lo que respecta a que el "dar a cada uno lo suyo" reenviaría necesariamente al derecho positivo para determinar qué es "lo suyo" de cada uno, cabe contestar que no todo "lo suyo" nace de mera decisión positiva contingente, sino también de las exigencias de la naturaleza del hombre y de la sociedad, como vimos; y, luego, que, efectivamente, en cuanto a una mayor determinación, el derecho natural reenvía al positivo, así como "mutatis mutandis" los primeros principios y leyes más universales de una ciencia, necesariamente reenvían a las leyes más particulares y fenómenos concretos en que se realizan con mayor dosis de contingencia: el derecho positivo existe por necesidad del derecho natural: es naturalmente exigido en general, aunque su contenido particular-contingente (en el positivo "per se") no puede deducirse del natural, sino sólo, en cada caso, elegirse y determinarse en función de la situación dada. [Subrayado de Diego POOLE]
FUENTE:
A.C., J.: Recensión a la Teoría Pura del Derecho, Ed., 1961
FUENTE AMPLIADA:
A.C., J.: Recensión a la Teoría Pura del Derecho Ed. , , 1961
CLAVES: Iusnaturalismos > Crítica de Kelsen