RESUMEN:
Crítica a la objeción de Kelsen de que si las normas del derecho natural fueran creadas por la voluntad de Dios habría que "probar la existencia del acto por el cual han sido creadas". «La afirmación teísta de una última Fuente divina de todas las cosas no se basa filosóficamente en mostrar un acontecimiento en que tal originación comenzara, sino en advertir en el ser, esencia y orden de tales cosas la huella y participación del Ser absoluto y divino.»
TEXTUAL:
§ 55. En cuanto a la objeción de que si las normas del derecho natural fueran creadas por la voluntad de Dios habría que "probar la existencia del acto por el cual han sido creadas" es de una barbarie filosófica tal que casi no merecería ser contestada. Equivale a algo así como a exigirle a un kantiano, para aceptar su doctrina del Yo trascendental, de las categorías y de la información del fenómeno por éstas, no el desarrollo de la "deducción trascendental" a partir del objeto fenoménico, en que las huellas de aquéllos aparecen, sino el mostrar un hecho histórico, contingente y sensible en que el Yo aludido, como un Juan Pérez que anda por la calle, aplicara a los fenómenos las categorías, como quien aplica tornillos o moldes materiales; o a algo así como exigirle a un hegeliano que mostrara en algún lugar determinado a una señora llamada "Idea" construyendo por un acto empírico la naturaleza y el devenir de la historia. La afirmación teísta de una última Fuente divina de todas las cosas no se basa filosóficamente en mostrar un acontecimiento en que tal originación comenzara, sino en advertir en el ser, esencia y orden de tales cosas la huella y participación del Ser absoluto y divino; en nuestro caso, en advertir en la naturaleza del hombre, en sus tendencias radicales y en especial en las específicamente humanas (racional-volitivas), y en la necesidad natural y estructura esencial básica de las sociedades, un orden que no es mera creación arbitraria de un legislador positivo, individual o comunitario, sino también, en último término, un reflejo y afecto, participación e impresión del Fin último, Bien por esencia, Dios en cuanto raíz y término de la acción.
El antropomorfismo de Kelsen es lamentable; opone unas concepciones teológicas y metafísicas detenidas en el nivel infantil a concepciones científico-positivas adultas; de allí que sea fácil "refutar" y dejar en ridículo a las primeras; pero lo refutado y ridiculizado en verdad son sólo dichas infantiles concepciones. Concepciones rudimentarias de algo que, en sí, es incomparablemente menos simplista y más profundo. Es la tragedia de tantos hombres modernos que no tienen o pierden la fe y la ciencia respecto de Dios: comparan una teología de catecismo infantil y una metafísica de manual con una ciencia positiva o con una filosofía agnóstica adultas; la culpa de la incredulidad está sólo en su imprudencia. Con su tesis, Kelsen, además, muestra que confunde el derecho natural con el derecho divino-positivo, históricamente revelado[ ]. [Subrayado de Diego POOLE]
FUENTE:
A.C., J.: Recensión a la Teoría Pura del Derecho, Ed., 1961
FUENTE AMPLIADA:
A.C., J.: Recensión a la Teoría Pura del Derecho Ed. , , 1961
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