ÉTICA
ética y derecho
La ley sólo regula –prescribiendo o prohibiendo– aquellos actos que afectan más clara y directamente al bien común, y que la mayoría de los ciudadanos están en condiciones de cumplir o de omitir
Mínimo ético que el derecho comporta, no una ética de mínimos.
No es lo mismo el buen ciudadano que el hombre bueno (pues éste sólo lo es el gobernante)
Lo natural del hombre es su realización, y esta es necesariamente política, por eso lo natural no es prepolítico, sino político
El bien humano es el bien común
En la medida en que es más plenamente política, la vida del hombre es más plenamente humana.
La ley mueve extrínsecamente a los hombres
La ley como encofrado para conseguir la virtud. Índole moral de la ley
La razón de que la ley pueda obligarnos es que por ella el hombre se hace más hombre, mejor hombre
Bien público y bien privado, ambos son bienes políticos
Un bien privado es un bien del que se participa en virtud de una identidad que no es la identidad política; es un bien que se comparte por ser uno algo distinto que miembro del pueblo
Las cualidades morales del hombre sólo son valorables por referencia a un proyecto común
La virtud dispone correctamente al sujeto con respecto al bien común
El carácter constitutivo de la polis es el fundamento de esa disposición humana que llamamos “patriotismo”: es la razón de la índole moral –de virtud– que posee esta disposición.
Las instituciones son, con respecto a la sociedad, lo que los hábitos con respecto a la persona
BIEN COMÚN
El concepto de PARTICIPACIÓN del hombre en el bien común
El bien común es la razón de la ley. La ley se dicta para el bien común: para hacer más concreta, desglosada y estable la forma de realizar el bien común, la ordenación del hombre a este bien.
Toda identidad humana es una identidad práctica, y la identidad política es la identidad humana que adquirimos al participar de la vida en común
La polis es constitutiva de la identidad personal (moral)
PODER
El poder es una realidad moral, es una praxis o cometido institucional, que sólo existe comunitariamente y que sólo puede ser tenido en el seno de una comunidad.
TOLERANCIA
Diferencia entre tolerar y legalizar
Tolerancia,
La ley no debe ser cambiada con frecuencia
Bien común y tolerancia liberal
LA LEY
Al dar, con la ley, forma concreta y estable a las acciones compartidas, hacemos realmente posibles estas acciones
La ley inusta no es ley
La ley es un acto de la razón práctica, que ordena y dispone medios a fines
La ley, que ordena los actos humanos al bien común –como los medios al fin–, constituye una determinación práctica del mismo bien común.
La ley como ordenación de la razón al bien común, es pública y general
RELIGIÓN Y PLURALISMO
La religión en la “polis”
Pluralismo político y pluralismo social
La religión como cuestión política. Siempre lo ha sido.
La comunidad política constituye la forma suprema de vida en común. El cosmopolitismo es una farsa, que genera individualismo
Para Aristóteles, la autarquía es una condición que sólo corresponde a la polis
Esencia del individualismo liberal
VARIOS
Moral > Emotivismo > La razón como sierva de la pasión
Moral > Rectitud de vida para el conocimiento moral
Moral > Autonomía moral > Richards
Moral > Evolución de la idea de moral > Separación entre el bien moral, perfección y felicidad
Moral > Positivismo y moral
Moral > Enfoque tomista > En los escritos anteriores a la Suma