RESUMEN:
Los tres primeros preceptos del decálogo nos indican obligaciones de justicia hacia Dios; el tercero nos indica obligaciones de justicia tenidas por alguna relación especial (los padres, la patria, los consanguineos...) y los demás son obligaciones genéricas de justicia hacia los demás.
TEXTUAL:
¿Los otros seis preceptos están debidamente formulados?
Solución. Hay que decir. Así como por las partes de la justicia se cumplen los deberes para con determinadas personas con las que estamos obligados por una razón especial, así también por la justicia propiamente dicha el hombre cumple los deberes que son comunes para todos. Por esta razón, después de los tres preceptos pertenecientes a la religión, por la que se cumplen las obligaciones para con Dios, y después del cuarto, relativo a la piedad, por la que cumplimos los deberes para con los padres ?y en este precepto se incluye toda deuda que se debe por una razón particular ñ?, fue necesario lógicamente poner otros preceptos relativos a la justicia propiamente dicha, que da a todos sin distinción lo que les es debido
FUENTE:
Suma de Teología II-II, nota q.122, a.6
FUENTE AMPLIADA:
DE AQUINO, Tomás: Suma de Teología II-II (a) Ed. BAC, Madrid, 1995 (1271)
CLAVES: Justicia > Decálogo y justicia