RESUMEN:
Puesto que la sentencia del juez tiene cierto caracter de ley, y como la ley la stentencia tb debe tener fuerza coactiva para ser eficaz, se requiere autoridad pública sobre los litigantes para poder aplicar la fuerza
TEXTUAL:
ARTICULO 1 ¿Puede uno juzgar con justicia al que no es súbdito suyo?
Solución. Hay que decir: La sentencia del juez tiene cierto carácter de ley par particular dictada respecto a un hecho particular, y, por tanto, así como la ley general debe tener fuerza coactiva, según manifiesta el Filósofo en X Ethic 3, también la sentencia del juez debe tener la misma fuerza coactiva, por la que ambas partes sean obligadas a su observancia; de lo contrario, el juicio no sería eficaz. Pero no tiene lícitamente potestad coactiva en las cosas humanas sino el que ejerce autoridad pública, y los que la ejercitan son considerados como los superiores respecto de aquellos sobre quienes, en su calidad de súbditos, recae la potestad, ya tengan aquéllos potestad ordinaria, ya delegada. Por tanto, es evidente que nadie puede juzgar a otra persona a no ser que ésta sea de algún modo su súbdito, ya por delegación, ya por potestad ordinaria.
FUENTE:
DE AQUINO, Tomás: Suma de Teología II-II (a), Ed.BAC, 1995 Madrid q.67, a.1, s.
FUENTE AMPLIADA:
DE AQUINO, Tomás: Suma de Teología II-II (a) Ed. BAC, Madrid, 1995 (1271)
CLAVES: Justicia > Juicio > Autoridad competente