RESUMEN:
Hay que revelar los secretos que vayan contra el bien común. Mejor dicho, no es lícito recibir secretos que vayan contra el bien común. Aunque no es absolutamente secreto lo que puede probarse por testigos suficientes.
TEXTUAL:
ARTICULO 1 El hombre, ¿está obligado a acusar?
Objeciones por las que parece que el hombre no está obligado a acusar:
Ob. 3. Y también: nadie está obligado a obrar contra la fidelidad que debe al amigo, puesto que no debe hacer a otro lo que no quiere que se haga con él. Ahora bien: el acusar a alguien va algunas veces contra la fidelidad que se debe a un amigo, como se expresa en Prov 11,13: Quien anda con doblez, descubre los secretos; mas el que es fiel calla lo que el amigo le confió. Luego el hombre no está obligado a acusar.
Ad. 3. A la tercera hay que decir: Que revelar los secretos en perjuicio de una persona es contrario a la fidelidad, pero no si se revelan a causa del bien común, el cual siempre debe ser preferido al bien particular. Y por esto no es lícito recibir secreto alguno contrario al bien común. Sin embargo, no es absolutamente secreto lo que puede probarse por testigos suficientes.
FUENTE:
DE AQUINO, Tomás: Suma de Teología II-II (a), Ed.BAC, 1995 Madrid q.68, a.1, ob.3 y ad.3
FUENTE AMPLIADA:
DE AQUINO, Tomás: Suma de Teología II-II (a) Ed. BAC, Madrid, 1995 (1271)
CLAVES: Justicia > Juicio > Secretos que no se deben guardar