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Justicia > Partes Potenciales > Gratitud

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RESUMEN:
Por qué no se debe recompensar inmediatamente el favor recibido. «El que desea pagar demasiado pronto -escribe Séneca-, es a disgusto deudor; y quien debe a disgusto es un ingrato»



TEXTUAL:
Artículo 4: ¿Se debe compensar inmediatamente el beneficio?

En cambio está lo que Séneca dice en IV De Benef. [c.40: dd206]: La presteza en devolver no es propia de un hombre agradecido, sino de un deudor.

Solución. Hay que decir: Así como al hacer un beneficio deben tenerse en cuenta estas dos cosas: el afecto y el don, con las dos también hay que contar cuando se trata de recompensarlo. Y en lo que se refiere al afecto, la recompensa debe llegar en seguida. De ahí las palabras de Séneca en II De Benef. [C.35: DD 166]: ¿Quieres agradecer debidamente un beneficio? Recíbelo con agrado. Mas, en cuanto al don, debe esperarse un tiempo en que la recompensa sea útil al bienhechor; porque si, inoportunamente, quiere uno devolver en seguida un regalo por otro, tal recompensa no parece acto virtuoso. Pues, conforme dice Séneca en IV De Benef. [c.40, DD 206]: El que desea pagar demasiado pronto, es a disgusto deudor; y quien debe a disgusto es un ingrato.



FUENTE:
DE AQUINO, Tomas: Suma de Teologia II-II (b), Ed.BAC, 2001 Madrid II-II, q.106, a.4, sc. y s.



FUENTE AMPLIADA:
DE AQUINO, Tomas: Suma de Teologia II-II (b) Ed. BAC, Madrid, 2001 (1224)



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