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Justicia > Partes Potenciales > Religión

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RESUMEN:
La santidad es como una virtud general, al estilo de la justicia general, porque refiere los actos de todas las virtudes al bien divino.



TEXTUAL:
(?) Se le da, en efecto, el nombre de religión por servir a Dios como debe en lo que se refiere especialmente al culto divino, como en los sacrificios, oblaciones o cosas similares; y el de santidad, porque el hombre refiere a Dios, además de eso, las obras de las demás virtudes, o en cuanto que, mediante obras buenas, se dispone para el culto divino.



Respuesta a las objeciones: 1. A la primera hay que decir: Que la santidad es por razón de su esencia una virtud especial, y en este sentido se identifica en cierto modo con la religión. Tiene, sin embargo, cierto carácter general en cuanto que destina imperativamente al bien divino todos los actos de las demás virtudes: del mismo modo que a la justicia legal se la llama virtud general, en cuanto que ordena al bien común los actos de todas las virtudes.



FUENTE:
Suma de Teología II-II q.81, a.8, s. ad.1



FUENTE AMPLIADA:
DE AQUINO, Tomás: Suma de Teología II-II (a) Ed. BAC, Madrid, 1995 (1271)



CLAVES: Justicia > Partes Potenciales > Religión
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