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Justicia > Partes Potenciales > Vindicación

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RESUMEN:
La palabra venganza nada tiene que ver con la virtud moral de la vindicatio, que es el justo resarcimiento requerido por alguna injuria que se cumple mediante alguna pena razonable que ha de demandarse al injusto ofensor



TEXTUAL:
El término utilizado por Santo Tomás para titular esta q.108 es el latino vindicatio, tomado de Cicerón (cf. CICERÓN, Rhet. l.2 c.53). En el pasado, dicho término ha sido traducido por vendetta, vengeance y venganza, en italiano, inglés, francés y español, respectivamente. Pero la palabra venganza nada tiene que ver con la virtud moral descrita aquí por el autor. Santo Tomás está hablando de lo que en correcto español llamamos vindicación, para hablar del justo resarcimiento requerido por alguna injuria que se cumple mediante alguna pena razonable que ha de demandarse al injusto ofensor. En el lenguaje ordinario, la vindicación suele confundirse con la venganza o acto arbitrario de quien devuelve mal por mal movido por el odio. Santo Tomás, por el contrario, habla aquí de la vindicación como de una virtud menor aneja a la justicia exigida por el orden racional. Nunca motivada por la pasión del odio o de la arbitrariedad injusta.



FUENTE:
Suma de Teología II-II q.108



FUENTE AMPLIADA:
DE AQUINO, Tomás: Suma de Teología II-II (a) Ed. BAC, Madrid, 1995 (1271)



CLAVES: Justicia > Partes Potenciales > Vindicación
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