RESUMEN:
Para Rawls cada hombre es una naturaleza en cierta manera distinta, que se define por los fines que libremente elija, de manera que uno es mejor o peor en vista de los fines que ha elegido para sí. Por eso, un sistema político congruente con esta diferencia, si quiere ser justo, ha de ser contractualista. Rawls entiende que el utilitarismo impone una idea de bien sobre otras, y no respeta la diferencia.
TEXTUAL:
§ 28. (...) si asumimos que el correcto principio regulador de una cosa depende de su naturaleza, y que una pluralidad de personas distintas con diferentes sistemas de fines [bienes] es una característica esencial de las sociedades humanas, entonces no deberíamos esperar que los principios de elección racional sean de tipo utilitarista[36].
§ 29. Sólo el contractualismo, y no el utilitarismo que no se toma en serio la distinción entre personas[37], puede ser el fundamento primero de la justicia. (...)
[36] TJ, n. 6, §3.
[37] TJ, n. 5, §7.
FUENTE:
AUTOR, Desconocido: Recensión a
FUENTE AMPLIADA:
AUTOR, Desconocido: Recensión a "Theory of Justice" de John Rawls Ed. , , 3000 (1975)
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