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Mal > Mal de culpa y mal de pena

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RESUMEN:
« Si el defecto en la acción voluntaria constituye el pecado y la culpa, el defecto de cualquier bien, sufrido por razón de la culpa contra la voluntad del que lo sufre, es un CASTIGO O UNA PENA, porque la pena se impone como remedio (medicina) de la culpa y como medio de restaurar (la justicia). »



TEXTUAL:
CAPÍTULO 121 Hay un mal que tiene la condición de pena, y no de culpa

§237. Si el defecto en la acción voluntaria constituye el pecado y la culpa, el defecto de cualquier bien, sufrido por razón de la culpa contra la voluntad del que lo sufre, es un CASTIGO O UNA PENA, porque la pena se impone como remedio (medicina) de la culpa y como medio de restaurar (la justicia). Se impone como remedio o medicina, porque el hombre evita la culpa por causa de la pena, absteniéndose de cometer una acción desordenada, que sería agradable a su voluntad. También se impone como un medio armónico de restauración (de la justicia), porque el hombre tiende a traspasar los límites del orden natural concediendo a su voluntad más de lo que le conviene. Por esta razón, el castigo restablece el orden de la justicia sustrayendo algo a la voluntad. De aquí se sigue claramente que la pena no es proporcionada a la culpa cuando la contrariedad que hace sufrir a la voluntad es inferior al placer que le procuró la culpa.



FUENTE:
DE AQUINO, Tomás: Compendio de Teología (Libro) , , Ed.Rialp, 1980 Madrid Libro I: [Sobre la Fe]; Parte I: [Sobre Dios uno y Trino]; Tratado III: [Sobre las obras de Dios], Secc.2ª [Sobre el gobierno del mundo]



FUENTE AMPLIADA:
DE AQUINO, Tomás: Compendio de Teología Ed. Rialp, Madrid, 1980 (1269)



CLAVES: Mal > Mal de culpa y mal de pena
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