RESUMEN:
La pena justa no es un acto en sí malo para conseguir un ulterior bien. La misma pena es acto de justicia, y como tal acto bueno, en cuanto va dirigido a contrariar la voluntad del ofensor en la medida en él que abusó de ella para imponerse a los demás. La pena es un acto de restauración del bien común.
COMENTARIO:
La pena justa no es un acto en sí malo para conseguir un ulterior bien. La misma pena es acto de justicia, y como tal acto bueno, en cuanto va dirigido a contrariar la voluntad del ofensor en la medida en él que abusó de ella para imponerse a los demás. La pena es un acto de restauración del bien común. El quid de la cuestión es otra vez la distinción enter acciones del primer orden y del tercer orden. Por ejemplo, amputar una pierna para salvar la vida al enfermo es una acción mala en el primer orden, pero es buena en el tercer orden, porque según el tercer orden es una acción cuyo objeto es la curación, que consituye el OBJETO INMEDIATO de la acción intencional o de tercer orden. De este modo la pérdida de la pierna es precisamente el efecto colateral de la acción intencional.
FUENTE:
Jonh FINNIS: Aquinas, Oxford University Press, 1998, p.
FUENTE AMPLIADA:
FINNIS, John: Aquinas Ed. Oxford University Press, Oxford, 1998
CLAVES: Pena > Maldad y bondad de la pena