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Razón práctica > Teonomía participada

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RESUMEN:
El hecho de participar en la ley eterna quiere decir que el hombre es co-providente con Dios



TEXTUAL:
La perspectiva teológica de Sto. Tomás le lleva a presentar la ley natural en primer término como una participación en la ley eterna. Esto ha llevado a muchos a considerar erróneamente la ley natural como un imperativo divino. Por supuesto que Sto. Tomás sostiene que la voluntad de Dos es anterior a la ley natural, porque la ley natural es un aspecto de la existencia humana y el hombre es una criatura libre de Dios. Pero Sto. Tomás no describe la ley natural como la recepción pasiva de la ley eterna por parte del hombre; él la describe más bien como una participación en la ley eterna. Esta participación es necesaria precisamente y en la medida en que el hombre participa de la gran tarea de la providencia en la dirección de su propia vida y la de sus semejantes. Toda participación es algo distinto de la realidad en la que se participa, lo que se verifica de manera evidente en este caso, porque la ley eterna ES Dios mismo, mientras que la ley natural es un conjunto de preceptos.



FUENTE:
GRISEZ, Germain: The First Principle of Practical Reason: A Comment (Revista) Natural Law Forum, 10, Ed.Natural Law Forum, 1965 IV



FUENTE AMPLIADA:
GRISEZ, Germain: The First Principle of Practical Reason: A Comment Ed. , , 1965



CLAVES: Razón práctica > Teonomía participada
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