RESUMEN:
El efecto indirecto de la acción es una consecuencia prevista pero no querida de ningún modo, ni siquiera como medio, pero es permitida en cuanto ligada inevitablemente a lo que se quiere.
Un criterio práctico: para que el efecto previsto de una acción pueda ser considerado objeto indirecto de la voluntad: tal efecto no puede ser la causa (en el plano intencional el medio) de la consecución o realización de lo que realmente interesa.
COMENTARIO:
El efecto indirecto de la acción es una consecuencia prevista pero no querida de ningún modo, ni siquiera como medio, pero es permitida en cuanto ligada inevitablemente a lo que se quiere.
Un criterio práctico: para que el efecto previsto de una acción pueda ser considerado objeto indirecto de la voluntad: tal efecto no puede ser la causa (en el plano intencional el medio) de la consecución o realización de lo que realmente interesa. P.ej. la calvicie no es la causa de que se cure la leucemia, ni ocasionar al muerte del feto es la causa por la que la mujer se libra de su enfermedad. Hablando propiamente el efecto indirecto no es querido, sino permitido, tolerado o sufrido.
FUENTE:
RODRÍGUEZ LUÑO, Angel: Ética general (Libro) , , Ed.Eunsa, 2001 Madrid
FUENTE AMPLIADA:
RODRÍGUEZ LUÑO, Angel: Ética general Ed. Eunsa, Madrid, 2001 (1991)
CLAVES: Acto humano > Acción de doble efecto