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El derecho sólo se justifica como el medio para satisfacer un proyecto de vida en común deseado por los miembros de la comunidad

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p. 128 El derecho de cada uno, el correspondiente deber de cada otro, y la norma que prescribe el cumplimiento de este deber, suponen necesariamente, como dice Cotta, el “encuentro en lo común”, el reconocimiento mutuo que es la expresión de una consciente co-pertenencia a una misma sociedad, de una conciencia de lo que somos en común como la forma más elevada y auténtica de autoconciencia[1]. Vincular el derecho a la polis, como sociedad consciente, intencional, autoconfiguradora y arquitectónica, es necesario para poder justificar la existencia del derecho; y justificar la existencia del derecho es imprescindible porque un derecho acertado y válido es un derecho en el que se cumplen las razones por las que existe el derecho. 


[1]  Sergio Cotta, op. cit., pp. 51-53.

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