Ningún orden social histórico puede ser conforme con una medida de lo justo que, en el fondo, carece de medida; ninguno puede estar cumpliendo todo lo que la dignidad humana exige

Ningún orden social histórico puede ser conforme con una medida de lo justo que, en el fondo, carece de medida; ninguno puede estar cumpliendo todo lo que la dignidad humana exige

p. 290 Todo esto [el carácter ilimitado de los derechos] confiere a los derechos naturales un carácter inevitablemente revolucionario, como el mismo Habermas ha reconocido[1]. Lo que los derechos naturales expresan no es la medida de lo justo en conformidad con un orden social concreto y efectivo, y siempre susceptible de reforma y perfeccionamiento, sino la medida perfecta y absoluta de lo justo, desde la que se evalúa la legitimidad de todo orden social real y particular. Pero esta medida de lo justo, por ser en verdad ilimitada, por estar sistemáticamente abierta a nuevas e incontrastables ampliaciones, no puede servir para otra cosa que para deslegitimar el orden social vigente, sea éste el que sea, pues ningún orden social concreto e histórico puede ser conforme con una medida de lo justo que, en el fondo, carece de medida; ninguno puede estar cumpliendo todo lo que la dignidad humana exige. En rigor, los derechos naturales no pueden ser invocados para legitimar un orden social; sólo pueden ser invocados para negarle legitimidad.


[1] Jürgen Habermas, Teoría y praxis. Ensayos de filosofía social, Sur, Buenos Aires, 1966:

“Derechos natural y Revolución”. 

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