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Dworkin con su doctrina apoya el carácter insolidario de los "derechos naturales"

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p. 296 Dworkin es quizá quien ha sabido asumir y expresar con mayor claridad y sin ambages el sentido individualista e insolidario de los derechos naturales. Para este autor, tener un derecho no otorgado por el Estado, es poder hacer algo sin que alguien esté legitimado para impedirlo, aunque se sepa que la sociedad sería mejor si esa acción fuera impedida. Los derechos de ese tipo –es decir, los derechos naturales– son como “trumps” en el debate social: son como cartas ganadoras o de triunfo que, en el juego entre intereses individuales y colectivos, vencen frente a cualquier argumento a favor de una mejora social[1]. Afirmar un derecho –un derecho fundamental y no proporcionado por el mismo Estado – pero vinculándolo, al mismo tiempo, a la realización o protección de un bien colectivo, no sería afirmar propiamente un derecho. Afirmar seriamente un derecho es reconocer que el individuo puede llevar a cabo una acción, con independencia de los objetivos colectivos que sean justificables, es decir, aunque con ello perjudique el bien de la sociedad. Así entendidos es como los derechos pueden impedir lo que, para Dworkin, sería una política regida por la lógica utilitarista[2].

[1] Ronald Dworkin, “Rights as Trumps”, en Jeremy Waldron (ed.), Theories of Rights, Oxford University Press, New York, 1984, p. 152. 

[2] Ronald Dworkin, Los derechos en serio, op. cit., pp. 16, 37, 161, 219 y 259. 

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