la invocación a la razón como criterio moral se ha hecho con ánimo dialéctico, por considerar la naturaleza como una instancia puramente física de la que no cabe, en consecuencia, extraer ninguna orientación para la acción, habida cuenta de que los principios de ésta son la razón y la libertad; se entiende, en efecto, que sobre la base de tal concepto de naturaleza, naturaleza y razón se comporten entre sí dialécticamente y de modo extrínseco: la naturaleza se limita a aportar una material que la razón dispone desde fuera, en atención a criterios racionales elaborados atendiendo a otros factores.
(…)
Sin embargo, puesto que la nuestra es una naturaleza esencialmente racional, para nosotros, la vida secundum naturam es y debe ser, vida secundum rationem.
Ana Marta GONZÁLEZ, Moral, razón y naturaleza, 2ª ed., Eunsa, Pamplona 2006, p. 39