RESUMEN:
Los bienes corporales pueden tener una fuerza espiritual instrumental, como por ejemplo la voz que es algo material trasmite mediante vibraciones un mensaje espiritual que es el pensamiento que con ella se trasmite.
TEXTUAL:
A la primera hay que decir. Como dice la objeción, en una cosa corporal no puede haber una virtud espiritual de modo permanente y completo. Pero nada impide que en un cuerpo haya una virtud espiritual instrumental en el sentido de que un cuerpo puede ser movido por una sustancia espiritual para producir un efecto espiritual. Así sucede, por ejemplo, con la voz humana, que es algo sensible, y en ella hay una fuerza espiritual procedente de la inteligencia de quien habla, dirigida a mover la inteligencia del que escucha. Pues, de modo semejante, hay una fuerza espiritual en los sacramentos en cuanto que están ordenados por Dios para producir un efecto espiritual.
FUENTE:
Suma Teologica, III parte q.62, a.4, ad.1
FUENTE AMPLIADA:
DE AQUINO, Tomás: Suma Teologica III Ed. BAC, Madrid, 2002 (1223)
CLAVES: Bienes materiales > Fuerza espiritual