RESUMEN:
«la conciencia sólo liga en virtud del precepto divino, como ley escrita o como ley de la naturaleza»
TEXTUAL:
SOLUCIÓN. Ha de decirse que la solución de esta cuestión puede ser bastante clara por lo que se dijo. En efecto, más arriba se dijo (art.3) que la conciencia sólo liga en virtud del precepto divino, como ley escrita o como ley de la naturaleza. Comparar la obligación de la conciencia con la obligación proveniente del precepto del prelado no es otra cosa que comparar la obligación del precepto divino con la obligación del precepto del prelado. Como el precepto divino obliga contra el precepto del prelado y obliga más que el precepto del prelado, también la obligación de la conciencia será mayor que la obligación del precepto del prelado, y ligará la conciencia, aun existiendo en contra el precepto del prelado.
FUENTE:
DE AQUINO, Tomás: Opúsculos y cuestiones selectas, vol. 2 (Libro) , , Ed.BAC, 2003 Madrid LA CONCIENCIA, ARTICULO 5 ¿La conciencia errónea obliga en cosas indiferentes más que el precepto del prelado, o menos? De Veritate, q.17, art.5
FUENTE AMPLIADA:
DE AQUINO, Tomás: Opúsculos y cuestiones selectas, vol. 2 Ed. BAC, Madrid, 2003
CLAVES: Conciencia > Obligatoriedad de la conciencia