RESUMEN:Si una persona obra ilicitamente -por ejemplo, agrede físicamente a una mujer embarazada aún sin saber que está emabarazada, y produce, sin querer, la muerte del feto, será culpable de esa muerte, porque es culpable del acto ilícito del que se deriva la muerte del feto. O si no obró con la diligencia debida.TEXTUAL:El que mata casualmente a un hombre, ¿incurre en delito de homicidio?
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