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La idea moderna del "estado de naturaleza". Se toma en consideración una necesidad humana y se convierte en la "ley natural" que impulsa a la vida social (libertad, seguridad, propiedad, etc)

p. 72 SEDUARDUS. Los nuevos jusnaturalistas entendieron que si contemplaban al hombre como un ser aislado, antes de entrar en sociedad, en este estado de aislamiento podían conocer científicamente la realidad humana. Les resultó fundamental la figura del ‘estado de naturaleza’ para poder representarse a los hombres aisladamente. BELLAPERTICA. ¿Luego la figura del estado de naturaleza fue una c...

A comienzos del siglo XIX la idea del derecho natural era una mixtura extremadamente confusa de rastros de doctrinas anteriores sobre la ley natural: el iusnaturalismo de los derechos individuales y la doctrina clásica de la ley moral natural

SEDUARDUS. Este tema requiere conocer la historia de lo que llamaron ‘derecho natural’. Ten en cuenta que la Edad Moderna difundió una noción del derecho natural, basada en individuos solitarios que vivían en el ‘estado de naturaleza’ y que, como desean llevar vida social, celebran un contrato de todos con todos en el que crean directamente un único poder político tal como lo conocemos ahora. ...

La diferencia del iusnaturalismo realista respecto al racionalista

p. 372 Nada de esto corresponde a la concepción clásica del derecho natural. Este iusnaturalismo [realista] nunca pretendió encontrar lo justo natural mediante una deducción a partir de un concepto abstracto de la naturaleza humana, sino que lo buscó en la realidad viva y social de los portadores de dicha naturaleza, en las mismas instituciones y en la misma praxis a través de las cuales los ho...

El binomio de derechos naturales del individuo y la consiguiente instrumentalidad de lo político, constituye la clave de la que depende todo el pensamiento liberal

p. 253 Este binomio compuesto por los derechos naturales del individuo y la consiguiente instrumentalidad de lo político, constituye la clave de la que depende todo el pensamiento liberal[1]. En autores como Pufendorf, Hobbes, Locke, Kant, Humboldt o, más recientemente, Rawls y Nozick, lo político –la ley, el poder, el Estado– aparece concebido como el artificio que tiene la función de poner lí...

El derecho de la comunidad política, es decir, el derecho político no es lo mismo que el derecho positivo. El derecho de la polis está compuesto por derechos positivos y por derechos naturales

El derecho de la comunidad política, es decir, el derecho político no es lo mismo que el derecho positivo. El derecho de la polis está compuesto por derechos positivos y por derechos naturales

Hervada rechaza la postura de Villey de que el derecho natural se funda en la naturaleza de las cosas, y reivindica su fundamento en la naturaleza universal del ser humano

Javier Hervada rechaza la postura de Villey de que el derecho natural se funda en la naturaleza de las cosas, y reivindica su fundamento en la naturaleza universal del ser humano. Pero esto no es lo que decía Santo Tomás ni Aristóteles. p. 222 (...) Según Hervada, en el iusnaturalismo aristotélico y tomista, la naturaleza que es causa del derecho natural es "la naturaleza en sentido metafísico"...

La idea de naturaleza humana de Sto. Tomás no es la de esencia universal, metafísicamente entendida. Prueba de ello es, entre otras, la concepción de la virtud a modo de segunda naturaleza, y por otro su explicación sobre la mutabilidad de la naturaleza h

La idea de naturaleza humana que maneja santo Tomás no es la de una esencia universal, metafísicamente entendida. Prueba de ello es por un lado la concepción de la virtud a modo de segunda naturaleza, y por otro su explicación sobre la mutabilidad de la naturaleza humana. p. 225-226 Y otra muestra de que, al hablar del derecho natural, Tomás de Aquino no está pensando en la naturaleza humana m...

Según Santo Tomás lo justo natural o derecho natural es aquello que es atribuido a una persona como suyo por la naturaleza de ese algo en el contexto histórico en que vive esa persona.

Según Santo Tomás lo justo natural o derecho natural es aquello que es atribuido a una persona como suyo por la naturaleza de ese algo en el contexto histórico en que vive esa persona. Mientras que lo justo positivo o derecho positivo es aquello que es atribuido a alguien en virtud de un pacto o convenio.EjemplosPor ejemplo, que el profesor tenga que prepararse bien las clases es algo que le co...

VIP La teoría tomista de le "ley natural" presupone la existencia de Dios como legislador universal, pero no la teoría tomista del “derecho natural"

[La teoría tomista de le "ley natural" presupone la existencia de Dios como legislador universal, porque la ley natural es la ley de Dios. Pero la teoría tomista del "derecho" natural no presupone necesariamente la existencia de Dios, porque saber lo que a un hombre le corresponde como suyo por naturaleza no requiere necesariamente fundamentarlo en Dios. Kelsen tiene razón cuando dice que iusna...

Santo Tomás no dice que el derecho natural deriva de la ley natural; lo que deriva de la ley natural es la ley humana, que es ley moral, precepto o norma de conducta

P. 211 "Santo Tomás no dice que el derecho natural deriva de la ley natural; lo que deriva de la ley natural es la ley humana, que es ley moral, precepto o norma de conducta". Si algo es derecho natural es porque no es fruto de la convención o acuerdo de voluntades, por eso el derecho natural no deriva del positivo, ni viceversa. Son dos derechos complementarios y excluyentes.P. 212 El derecho ...

Muchos intérpretes de Santo Tomás consideran erróneamente que lo justo natural es consecuencia de la proyección sobre las cosas de las principios o leyes naturales.

Muchos intérpretes de Santo Tomás consideran erróneamente que lo justo natural es consecuencia de la proyección sobre las cosas de las principios o leyes naturales. La inclinación natural hacia un bien convertiría dicho objeto en lo justo natural, en el derecho natural. Por ejemplo, porque estoy inclinado hacia la conservación de la vida, serían derechos míos los alimentos necesarios para satis...

La raíz de muchas confusiones está en no saber distinguir entre ley natural y derecho natural. La ley natural es norma, el derecho natural es cosa.

Para Santo Tomás, la ley natural es ley divina, porque es la participación de la criatura racional en la ley eterna, que es la ordenación de todo lo creado hacia su fin. En cambio, el derecho natural es el bien o cosa atribuido a una persona por naturaleza, donde la causa de la atribución de ese bien a esa persona no es un acto de la voluntad humana (contrato, donación, asignación política, etc...

La perspectiva normativista del derecho natural, que es la dominante, considera que su tema fundamental es que las leyes positivas respeten la ley moral

p. 208 En verdad, tratándose de un orden normativo, de un conjunto de normas de conducta, entenderlo como un orden moral era algo obligado, y no sólo en la neoescolástica. Si este orden normativo es natural, y "natural" significa que es distinto del ordenamiento positivo porque sus normas no están puestas por la voluntad humana sino que proceden de lo que es natural al hombre, esas normas sólo ...

Confusión entre derecho natural y ley natural. El dilema iusnaturalismo-positivismo se ha dado siempre en un contexto racionalista

p. 207 Las reacciones iusnaturalistas que se han producido frente al predominio del positivismo jurídico, han sido, casi en su totalidad, reacciones surgidas en el seno del normativismo. Han sido, y siguen siendo, posturas iusnaturalistas que comparten con el positivismo una misma concepción básica del derecho. Por esto –como ya se ha señalado–, estos resurgimientos del iusnaturalismo han sido...

En la mayoría de los autores de diferenciación entre derecho natural y derecho positivo no se tiene en cuenta la noción clásica de derecho natural como lo justo por naturaleza, y no como una norma o principio.

p. 177-178 Es obvio que la polémica entre iusnaturalismo y iuspositivismo, entre la afirmación y la negación de la existencia de un derecho natural, depende de cómo se esté entendiendo la expresión "derecho natural". Respecto de este punto, puede afirmarse que el modo de entender el derecho natural que está presente en esta polémica, tanto en los partidarios de una postura cuanto en los partida...

El derecho natural no es el derecho paradigmático, ni el principio o fundamento de todo derecho. El derecho natural es un tipo de derecho, caracterizado por su causa u origen

p. 179 En su sentido original y más propio, preguntarse por el derecho natural no es preguntarse por el verdadero derecho, por el derecho que lo es perfectamente, o por la esencia misma del derecho; y tampoco es preguntarse por el fundamento último del derecho. El derecho natural no es el derecho paradigmático, ni el principio o fundamento de todo derecho. El derecho natural es un tipo de derec...

Iusnaturalismo racionalista

Alf Ross lo ha señalado también: «pero lo que es nuevo —escribe— es precisamente el método mediante el cual el Derecho Natural es deducido de la naturaleza humana. El factor nuevo y crucial es la orgullosa confianza de haber hallado un método científico incontrovertible en reemplazo del remiendo semiteológico y semiempírico de los tiempos pasados. Este es el método declarativo o geométrico de D...

Según Rhonheimer el hombre participa activamente en la promulgación de la ley natural

Según Rhonheimer el hombre participa activamente en la promulgación de la ley naturalSin embargo Rhonheimer viene a descalificar implícitamente la interpretación de Jaffa, en la medida en que llama la atención sobre un aspecto frecuentemente descuidado en la exposición de la ley natural tomista, al que ya hemos hecho referencia, a saber: definiendo la ley natural como participación de la ley et...

Según Jaffa la noción de derecho natural de Aristóteles es distinta de la de San

Según Jaffa la noción de derecho natural de Aristóteles es distinta de la de Santo TomásSegún Jaffa, la dificultad de más peso a la hora de identificar ambos conceptos estriba en que dos de las cuatro notas que Santo Tomás atribuye a la ley, no podrían aplicarse al derecho natural aristotélico: la responsabilidad por la comunidad, y el hecho de que sea promulgada. Para Jaffa, estos dos criterio...

Iusnaturalismos > Crítica de Kelsen

RESUMEN:Crítica a la objeción de Kelsen según la cual el "dar a cada uno lo suyo" reenviaría necesariamente al derecho positivo para determinar qué es "lo suyo" de cada unoTEXTUAL: § 59 En lo que respecta a que el "dar a cada uno lo suyo" reenviaría necesariamente al derecho positivo para determinar qué es "lo suyo" de cada uno, cabe contestar que no todo "lo suyo" nace de mera decisión posit...

Iusnaturalismos > Crítica de Kelsen

RESUMEN:Crítica a la objeción de Kelsen según la cual el derecho natural haría inútil el positivoTEXTUAL: § 57. En cuanto a la objeción de que el derecho natural haría inútil el positivo, sólo vale contra los sistemas utópicos de los revolucionarios de los siglos XVIII y principios del XIX, que concebían al derecho natural como algo acabado y total en oposición al derecho dado, histórico; per...

Iusnaturalismos > Crítica de Kelsen

RESUMEN:Crítica a la objeción de Kelsen según la cual las contradiciones internas dentro del iusnaturalismo, nos harían ver su falta de consistencia.TEXTUAL: § 62. En cuanto a las "consecuencias contradictorias" que surgirían de "la" doctrina del derecho natural, cabe decir que Kelsen unifica bajo tal concepto singular lo que en realidad —dada la variedad de concepciones sobre él— es sólo un ...

Iusnaturalismos > Crítica de Kelsen > Crítica de la referencia a Dios

RESUMEN:Kelsen dice que los que fundamentan la obligatoriedad del derecho en la voluntad de Dios, como hacen los iusnaturalistas, se sitúan en un plano irracional o "metafísico". En primer lugar, Kelsen no distingue los dos planos del orden del ser y del orden del conocer: lo primero en el ser no es lo primero en el conocer. Si no, al contrario. Primero se parte de las evidencias racionales, y ...

Iusnaturalismos > Crítica de Kelsen

RESUMEN:Crítica a la objeción de Kelsen según la cual, si existiera un derecho natural, habría que considerar como nula o inexistente toda norma positiva contraria aquél.TEXTUAL: § 58. En cuanto a que si existiera un derecho natural habría que considerar como nula o inexistente toda norma positiva contraria aquél, cabe responder que, primero, siendo el derecho natural bastante indeterminado, ...

Iusnaturalismos > Crítica de Kelsen

RESUMEN:Kelsen considera que la doctrina iusnaturalista (como si fuera una sola) no puede probar la validez de sus normas, porque no puede probar el acto por el cual han sido creadas.TEXTUAL:pero no es posible de ninguna manera probar la existencia del acto por el cual han sido creadas; son, en verdad, meras normas supuestas por los que afirman su validez; están fundadas, en último análisis, en...

Iusnaturalismos > Crítica de Kelsen > Crítica de la referencia a Dios

RESUMEN:Crítica a la crítrica de Kelsen de que si la justicia de Dios fuera inmanente a la realidad, toda la realidad sería justa.TEXTUAL: § 54. En cuanto a que, si la justicia de Dios fuera inmanente a la realidad, toda la realidad sería justa, cabe contestar que si por inmanente se entiende panteística, ello es verdad; pero tal panteísmo sólo difiere sentimentalmente de un simple ateísmo, q...

Iusnaturalismos > Crítica de Kelsen > Crítica de la referencia a Dios

RESUMEN:Crítica a la objeción de Kelsen de que si las normas del derecho natural fueran creadas por la voluntad de Dios habría que "probar la existencia del acto por el cual han sido creadas". «La afirmación teísta de una última Fuente divina de todas las cosas no se basa filosóficamente en mostrar un acontecimiento en que tal originación comenzara, sino en advertir en el ser, esencia y orden d...

Iusnaturalismos > Crítica de Kelsen

RESUMEN:Según Kelsen toda doctrina del derecho natural consecuente consigo misma debería ser religiosa; pero los más de sus partidarios buscan distinguir el derecho natural del derecho divino y lo "pretenden deducir...de la razón humana y dar así a su teoría un carácter seudoracionalista" (p. 103).COMENTARIO:toda doctrina del derecho natural consecuente consigo misma debería ser religiosa; pero...

Iusnaturalismos > Crítica de Kelsen > Falacia iusnaturalista

RESUMEN:Empanada de Kelsen: "la naturaleza es, pues, lo que es; el derecho y la moral, lo que debe ser"...el análisis de un objeto o de una conducta humana no permite descubrir el valor, puesto que éste no es inmanente a la realidad natural y no puede ser deducido de ella... Del hecho de que los peces grandes se coman a los pequeños no es posible deducir que su conducta es buena o mala."TEXTUAL...

Iusnaturalismos > Crítica de Kelsen > Kelsen desconoce los cuatro órdenes

RESUMEN:Kelsen habla de "confusión lógica" de las teorías iusnaturalistas, porque mezclan el orden de la naturaleza con el orden social o de las conductas. Pero Kelsen desconoce la distinción aristotélica de los cuatro órdenes. El orden jurídico es un orden natural en la medida en que conduce o dispone hacia los fines naturales del hombre.TEXTUAL: § 42. Debemos tratar ahora de las objeciones ...

Iusnaturalismos > Crítica de Kelsen

RESUMEN:Crítica a la objeción de Kelsen según la cual el iusnaturalismo es, por definición, conservador.TEXTUAL: § 60. Sostiene también Kelsen que el derecho natural no tendría por fin el debilitar el derecho positivo, sino que, por el contrario, poseería un carácter conservador. A ello puede contestarse diciendo que, si por derecho positivo se entiende el que verdaderamente lo es, esto es, e...

Iusnaturalismos > Crítica de Kelsen

RESUMEN:Crítica a la objeción de Kelsen según la cual las normas de derecho natural son meras suposiciones fundadas en el deseo y en el temor, motivadas por "valores" subjetivos y relativos.TEXTUAL:Por todo ello, es falso que las normas de derecho natural sean meras suposiciones fundadas en el deseo y el temor; sobre "valores" subjetivos y relativos. Entre lo humanamente puesto y lo meramente s...

Iusnaturalismos > Crítica de Kelsen

RESUMEN:Crítica a la crítica de Kelsen según la cual el iusnaturalismo se basa en normas "supuestas", mientras que el positivismo se fundamenta en normas "puestas". Pero lo cierto es que Kelsen termina por fundamentar la norma fundamental en una suposición.TEXTUAL:§ 28. Otra antinomia se le plantea al tratar de distinguir el derecho positivo del natural y de la moral. El primero valoraría condu...