RESUMEN:El juez no tiene derecho a condonar la pena, por dos motivos: primero porque juzga entre acusador y reo, y podría causar injusticia al acusador; y segundo, porque actúa en nombre de la comunidad, no en nombre propio. Sólo la autoridad máxima de la comunidad puede, en nombre de la comunidad, indultar al reo, siempre que el injuriado perdone la ofensa, y el indulto no es nocivo para el bi...