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Los derechos fundamentales son tales porque son aspectos especialmente relevantes del bien común político

p. 358 En el fondo, consagrar unos derechos como derechos fundamentales, situándolos fuera del alcance de la actividad política, es decir, de las decisiones acerca del bien común político, no consiste en otra cosa que en valorar especialmente unos aspectos o elementos del contenido de ese bien, haciendo de esta parte del bien común una parte fundamental y no sometible –al menos, ordinariamente–...

La coraza de derechos de que está revestido del ciudadano moderno, le protege tanto como le aísla. La "soledad organizada" del Estado liberal sienta las bases de un nuevo totalitarismo

p. 327 La afirmación del individuo en sus derechos inherentes es, al mismo tiempo, el aislamiento del hombre en su dorada individualidad. La coraza de derechos de que está revestido, le protege tanto como le aísla. El hombre deja de ser y de aspirar a ser un ciudadano, y se convierte en el solitario titular de unos derechos que supuestamente no debe a nadie, y que para su protección ya está el ...

La artificiosa distinción de Robert Alexy (y Gregorio Robles) entre "derechos morales o derechos prima facie" y "derechos legales"

p. 321 Son muchos los que recurren a la distinción entre "derechos morales" o "derechos prima facie", por un lado, y "derechos legales" o estrictamente jurídicos, por otro. Los derechos humanos serían derechos del primer tipo, es decir, serían derechos no ejercibles inmediatamente, faltos aún de suficiente definición, y sometibles a ponderación de cara a la completa determinación de su contenid...

Nada es debido si no es razonablemente posible, y la posibilidad de proporcionar esa protección depende de las condiciones y recursos de la sociedad, es decir, del contenido real de su bien común.

[Si no es posible la protección de un bien humano, no hay propiamente derechos] p. 320 La realidad y el contenido de un derecho equivalen a las limitaciones legítimas que pueden imponerse a su potencial o conceptual ejercicio. (...) p. 321 (...) nada es debido si no es razonablemente posible, y la posibilidad de proporcionar esa protección depende de las condiciones y recursos de la sociedad, e...

Comprender los derechos fundamentales como formas de participación en el bien común político. La propuesta de Alfredo Cruz

p. 302-304 Pero nada de esto exige como fundamento lo sostenido por la teoría de los derechos naturales. Esta manera de entender los derechos fundamentales pone de manifiesto que estos derechos no necesitan ser pensados como mera positivación de unas prerrogativas prepolíticas del individuo frente a la capacidad de la polis para promover su bien común. Los derechos fundamentales –al igual que t...

Edmund Burke percibió claramente el carácter revolucionario de los "derechos del hombre", y su irrealidad al no fundarlos sobre una comunidad política real existente

Este carácter revolucionario es lo que Burke percibió claramente en los Derechos del Hombre de 1789. Para Burke, esos derechos eran "metafísicos", en el sentido de que representaban un constructo mental, puramente teórico y a priori, elaborado como aparente deducción a partir de la abstracta naturaleza humana, y de espaldas por completo a la experiencia, a la historia y a la sabiduría condensad...