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El porqué del dogmatismo ideologizante de la retórica de los derechos naturales

p. 294 El carácter revolucionario e ideológico de los derechos naturales, explica el tono dogmático, perentorio y rotundo con el que estos derechos eran y siguen siendo invocados. Reivindicar estos derechos no es algo similar a propugnar una serie de rectificaciones y mejoras en el orden político y social, contando con muy sólidos argumentos a favor de la justificación y oportunidad de esas cor...

Ejemplo de los derechos de libertad religiosa y la aconfesionalidad del Estado como respuesta a una situación histórica concreta para preservar la paz social

p. 293 Así, por ejemplo, la libertad religiosa y la aconfesionalidad del Estado, que aparecen históricamente, tras la pérdida de la unidad religiosa, como la fórmula política más eficaz para preservar la paz social y la estabilidad política, el pensamiento revolucionario las interpreta como la forma del reconocimiento, inexcusable e incondicional, del derecho natural a la libertad de conciencia...

Edmund Burke percibió claramente el carácter revolucionario de los "derechos del hombre", y su irrealidad al no fundarlos sobre una comunidad política real existente

Este carácter revolucionario es lo que Burke percibió claramente en los Derechos del Hombre de 1789. Para Burke, esos derechos eran "metafísicos", en el sentido de que representaban un constructo mental, puramente teórico y a priori, elaborado como aparente deducción a partir de la abstracta naturaleza humana, y de espaldas por completo a la experiencia, a la historia y a la sabiduría condensad...

Ningún orden social histórico puede ser conforme con una medida de lo justo que, en el fondo, carece de medida; ninguno puede estar cumpliendo todo lo que la dignidad humana exige

p. 290 Todo esto [el carácter ilimitado de los derechos] confiere a los derechos naturales un carácter inevitablemente revolucionario, como el mismo Habermas ha reconocido[1]. Lo que los derechos naturales expresan no es la medida de lo justo en conformidad con un orden social concreto y efectivo, y siempre susceptible de reforma y perfeccionamiento, sino la medida perfecta y absoluta de lo jus...

Cuando los "derechos naturales" se fundan en la dignidad ontológica del hombre, no hay límites posibles a tales derechos

p. 290 Ya ha sido señalado anteriormente que si el fundamento de los derechos naturales es la condición de persona, la dignidad humana, el autodominio inherente al hombre, estos derechos resultan ser ilimitados, porque las exigencias que dimanan de esas cualidades, como cualidades ontológicas y absolutas, carecen de todo límite. De suyo, el valor de la persona y de su dignidad es infinito, por ...