RESUMEN:
En rigor, la ciencia jurídica kelseniana no es propiamente ciencia, sino mera opinión, pues al partir de una norma fundamental ficticia o hipotética (kelsenismo), y que hacer depender a ésta, a su vez, de la conciencia y conductas dadas en una sociedad y época determinadas (egología), no pasa de ser "doxa", opinión.


TEXTUAL:
Por todo ello, si llamamos ciencias a un conocimiento inferido a partir de evidencias esenciales y necesarias, primeras, sólo la teoría auténticamente clásica, tomista, del derecho es ciencia; la moderna, ya sea que parta de una norma fundamental ficticia o hipotética (kelsenismo), ya que haga depender a ésta, a su vez, de la conciencia y conductas dadas en una sociedad y época determinadas (egología), no pasa de ser, pese a sus méritos parciales, "doxa", opinión, dado que toda la derivación no puede sobrepasar sus fundamentos (peiorem sequitur semper conclusio partem), por lo que si ellos son contingentes en su valor intrínseco, lo será también todo el sistema, lo cual no le permite sobrepasar el nivel de lo probable, cuando no de lo retórico, de lo poético o de lo sofístico, según sea el grado de acercamiento a la verdad cierta que posean sus premisas.


FUENTE:
A.C., J.: Recensión a la Teoría Pura del Derecho, Ed., 1961


FUENTE AMPLIADA:
A.C., J.: Recensión a la Teoría Pura del Derecho Ed. , , 1961


CLAVES: Ciencia jurídica > Kelsen y su ciencia jurídica