RESUMEN:
«aunque lo dictado por la razón errónea no esté en consonancia con la ley de Dios, el que yerra lo toma como la misma ley de Dios, y, por tanto, en sentido estricto, si de ello se aparta, se apartará de la ley de Dios, aunque acaece, accidentalmente, que no se aparta de la ley de Dios»


TEXTUAL:
Arg. 1 Pecado es lo dicho, o lo hecho, o lo deseado contrario a la ley de Dios, como dice Agustín. Por tanto sólo la ley de Dios obliga bajo pecado. Ahora bien, la conciencia errónea no es conforme a la ley de Dios. Luego no obliga bajo pecado.

Ad. 1. Al primero ha de decirse que, aunque lo dictado por la razón errónea no esté en consonancia con la ley de Dios, el que yerra lo toma como la misma ley de Dios, y, por tanto, en sentido estricto, si de ello se aparta, se apartará de la ley de Dios, aunque acaece, accidentalmente, que no se aparta de la ley de Dios.



FUENTE:
DE AQUINO, Tomás: Opúsculos y cuestiones selectas, vol. 2 (Libro) , , Ed.BAC, 2003 Madrid LA CONCIENCIA, ARTICULO 4 ¿Obliga la conciencia errónea?, De Veritate, q.17, art.4


FUENTE AMPLIADA:
DE AQUINO, Tomás: Opúsculos y cuestiones selectas, vol. 2 Ed. BAC, Madrid, 2003


CLAVES: Conciencia > Conciencia errónea > Obligatoriedad de la conciencia errónea