p. 129 Conviene subrayar que tolerar no es lo mismo que legalizar. La tolerancia supone la abstención de la ley, la renuncia a exigir o prohibir, pero manteniendo el juicio negativo sobre lo tolerado –sin dejar de rechazarlo en sí mismo como malo–, y acompañando esta abstención actual con la espera, prudente y activa, de que la sociedad alcance las condiciones materiales y morales que hagan posible exigir o prohibir lo que ahora es mejor tolerar. Por el contrario, legalizar es llevar a cabo una positiva intervención legislativa, que sanciona públicamente, como respetable y digna de amparo legal, una determinada acción, proporcionando así protección y facilidades públicas a todos aquellos que deseen realizar dicha acción. Legalizar es, pues, fomentar socialmente lo legalizado, potenciar la posibilidad de que una conducta se haga presente en la sociedad. La legalización supone, por tanto, una actitud favorable y colaboradora hacia la acción legalizada.
Mientras la tolerancia mantiene lo tolerado en la condición de puro hecho, como realidad que simplemente ocurre de facto, la legalización eleva su objeto a la condición de derecho. La tolerancia no modifica la situación social, deja que las cosas continúen, por ahora, como ya estaban: permite que, de hecho, se sigan cometiendo ciertos males, y omitiendo ciertos bienes. La legalización, en cambio, altera la situación social, introduciendo condiciones nuevas y favorables para la realización de la conducta legalizada. Se trata, efectivamente, de un cambio social porque la introducción de esta novedad no afecta sólo a la vida particular de quienes venían practicando de hecho esa conducta, sino que afecta a la vida en común de todos los ciudadanos, pues esas nuevas condiciones hacen que tal acción pase a ser una de las acciones que forman parte regular y reconocidamente de la vida ciudadana, una de las acciones cuya presencia caracteriza públicamente a la sociedad. Como toda intervención legislativa, la legalización de una acción –quizá controvertida socialmente, y tan sólo tolerada hasta el momento– constituye una modificación parcial de la clase de sociedad que se comparte, una redefinición de aquello en lo que consiste para todos los ciudadanos –los que aceptan y los que rechazan esa acción– vivir en común. La legalización constituye, en definitiva, una auténtica acción política, una acción que versa sobre la configuración de la sociedad, y tiene todo el alcance de esta clase de acción.