RESUMEN:
La fruición sólo se da con la posesión del último fin, porque es lo único que se desea realmente por sí mismo. Todo lo demás se desea en vista de otra cosa.


TEXTUAL:
En cambio está lo que dice Agustín en el X De Trin.6: No disfruta quien desea por otra cosa lo que tiene en la facultad de la voluntad. Pero es sólo el último fin lo que no se desea por otra cosa. Luego la fruición es sólo del último fin.

Solución. Hay que decir: Como se señaló (a.l), a la razón de fruto pertenecen dos cosas: que sea último, y que calme el apetito con cierta dulzura o delectación. Ahora bien, lo último es absoluta y relativamente: es absolutamente último lo que no se refiere a ninguna otra cosa; en cambio, lo es relativamente lo que es último de algunas cosas. Por consiguiente, lo que es último absolutamente, en lo que uno se deleita como último fin, recibe con toda propiedad el nombre de fruto, y de él se dice propiamente que alguien disfruta. Pero lo que no es deleitable en sí mismo, sino que se apetece sólo en orden a otra cosa, como una bebida amarga para la salud, de ningún modo puede llamarse fruto. En cambio, lo que tiene en sí alguna delectación, a la que se refieren ciertas cosas previas, puede llamarse fruto de algún modo, pero no se dice que disfrutemos de ello propiamente y según la completa razón de fruto. Por eso dice Agustín en el X De Trin.1 que disfrutamos de las cosas conocidas, en las que descansa complacida la voluntad. Pero sólo descansa completamente en lo último, porque el movimiento de la voluntad, mientras espera algo, permanece en suspenso, aunque ya haya logrado algo. Como en el movimiento local, aunque lo que es medio en la extensión sea principio y fin, sin embargo, sólo se toma como fin en acto cuando se descansa en ello.


FUENTE:
Suma Teologica, I-II q.11, a.3, sc. y s.


FUENTE AMPLIADA:
DE AQUINO, Tomás: Suma de Teología, I-II Ed. Biblioteca de Autores Cristianos, Madrid, 1989


CLAVES: Fin último del hombre > Por qué es uno y no varios