RESUMEN:
La equidad es la justicia del caso concreto que no entra en contradicción con su fórmula de que el derecho es una realidad, cuyo sentido es servir a la justicia.


TEXTUAL:
"La justicia ve el caso singular desde el punto de vista de la norma general, la equidad busca en el caso singular su propia ley, que al mismo tiempo y finalmente debe tolerar su conversión en ley general, ya que en fin de cuentas, la equidad como la justicia es de naturaleza generalizadora” (47).



“La equidad es la justicia del caso concreto y por eso su consideración no nos obliga a variar nuestra fórmula: el derecho es la realidad, cuyo sentido estriba en servir a la justicia”. “La justicia en su adecuación al derecho significa lo reglado, lo recto, y merced a esta determinación de la idea por la materia estamos en situación de deducir de la idea consecuencias con respecto a la materia para que vale”. “La ordenación como una realidad especial referida a la idea del derecho, la justicia, participa, además, con la justicia el objeto a que ésta se refiere: las relaciones recíprocas entre los hombres; tiene, pues, carácter social” (48).



COMENTARIO:
Ya Aristóteles en su obra Ética a Nicomaco la equidad debía ser mejor que la justicia y no algo contrapuesto a ella, sino más bien una especie de la misma. Aristóteles apuntó también la solución: justicia y equidad no son distintos valores, sino distintos caminos para llegar al valor uno del derecho. Radbruch tiene muy presente esta distinción.


FUENTE:
RADBRUCH, Gustav: Filosofía del derecho, Ed.Revista de Derecho Privado, 2007 1952 pp. 47, 48


FUENTE AMPLIADA:
RADBRUCH, Gustav: Filosofía del derecho Ed. Revista de Derecho Privado, 1952, 2007


CLAVES: Justicia > Equidad