RESUMEN:
El juez ha de sentenciar conforme a la verdad procesal, incluso cuando tenga la certeza de que esa verdad no es la verdad real.


TEXTUAL:
ARTICULO 2 ¿Es lícito al juez juzgar contra la verdad que conoce, aunque lo haga basándose en las pruebas aducidas en contrario?

Objeciones por las que parece que no es licito al juez juzgar contra la verdad que conoce, basándose en las pruebas aducidas en contrario: Ob. 4. Todavía más: la palabra conciencia implica la aplicación de la ciencia a algo operable, como se ha expuesto en la primera parte (1 q.79 a.13). Pero obrar contra la conciencia es pecado. Luego el juez peca si sentencia según lo alegado y contra la conciencia que tiene de la verdad.

Ad. 4. A la cuarta hay que decir: Que el hombre, en lo concerniente a su propia persona, debe formar su conciencia por medio de su propia ciencia; mas en lo que pertenece a la potestad pública, debe formar su conciencia según lo que pueda averiguar en el juicio público, etc.


FUENTE:
DE AQUINO, Tomás: Suma de Teología II-II (a), Ed.BAC, 1995 Madrid q.67, a2. ob.4 y ad. 4


FUENTE AMPLIADA:
DE AQUINO, Tomás: Suma de Teología II-II (a) Ed. BAC, Madrid, 1995 (1271)


CLAVES: Justicia > Juicio > Verdad procesal