RESUMEN:
El silogismo práctico termina con una elección, que a su vez contiene un juicio directivo de la acción.


COMENTARIO:
EL juicio práctico: Sto Tomás nos presenta como equivalentes la conclusión, el juicio práctico y la elección: iudicium seu electio vel operatio (I-II, 76, 1c): ?El resultado del silogismo práctico no es un juicio cualquiera, sino un juicio que constituye la forma directiva de un acto singular de elección, que es el aspecto interior de la acción. La equivalencia de los tres término se presenta para expresar la exigencia de una premisa singular donde la conclusión debe ser singular. Pero el sentido de los términos PARTICULAR, SINGULAR, no tiene nada en común como cuando se utilizan en I-II 58,5. En este lugar SINGULAR es el juicio ?éste es mi padre?. Este juicio expresa el conocimiento de una singularis circumstantia; su eficacia en la lógica del silogismo sigue siendo de orden lógico. En cambio, si se quiere llegar a aquel juicio que es elección y acción, la conclusión singular o particular, y también circunstanciada, de este silogismo no es suficiente. El juicio que es elección y acción es singular no sólo en el sentido de que está circunstanciado, sino sobre todo en el sentido de que ES EL JUICIO EFECTIVAMENTE OPERATIVO EN ESTA ACCIÓN PARTICULAR, ES EL JUICIO EN EL QUE SE IDENTIFICAN EL SUJETO AGENTE, QUE ES AGENTE GRACIAS A LA FUERZA DE SU VOLUNTAD DOMINADA POR EL ATRACTIVO DEL FIN; ES POR TANTO EL JUICIO ASUMIDO COMO FORMA ESPECIFICANTE DE ESTA SINGULAR VOLUNTAD INCLINADA A UN FIN? Abba, p.210.


FUENTE:
ABBA, Giuseppe: Lex et Virtus (Libro) , , Ed.LAS, 1983 Roma p. 210


FUENTE AMPLIADA:
ABBA, Giuseppe: Lex et Virtus Ed. LAS, Roma, 1983


CLAVES: Razón práctica > Silogismo práctico