RESUMEN:
«el derecho positivo tiende principalmente al bien común de la mayoría. Mas algunas veces sucede que si se impide algún mal, ello resulta principalmente en detrimento de la comunidad: y por eso algunas veces el derecho positivo tolera algo como una dispensa, no porque sea justo que se haga, sino para que la comunidad no sufra un mal mayor, así como también Dios permite que en el mundo se cometan algunos males, para que no se impida a Dios extraer bienes de dichos males.»


TEXTUAL:
6. El derecho positivo deriva del derecho natural, como dice Tulio en su Retórica [=De inventione, II, c. 22, n.65; c.53, n.160]. Pero el derecho civil [Instituta, II, tit. 4, §2; Digesta, VII, tit.5, leg. 1] permite las usuras. Luego, no es contrario al derecho natural el préstamo con usura. Luego, no es pecado.

6. A LO SEXTO debe decirse que el derecho positivo tiende principalmente al bien común de la mayoría. Mas algunas veces sucede que si se impide algún mal, ello resulta principalmente en detrimento de la comunidad: y por eso algunas veces el derecho positivo tolera algo como una dispensa, no porque sea justo que se haga, sino para que la comunidad no sufra un mal mayor, así como también Dios permite que en el mundo se cometan algunos males, para que no se impida a Dios extraer bienes de dichos males. Y de este modo, el derecho positivo tolera la usura por las muchas bondades que a veces obtienen algunos por el dinero que les prestan, aunque sea bajo cierto interés.


FUENTE:
DE AQUINO, Tomás: Cuestiones disputadas sobre el mal (Libro) , , Ed.Eunsa, 1997 Pamplona q.13 [Sobre la avaricia], a.2 [Si la avaricia es un pecado mortal]


FUENTE AMPLIADA:
DE AQUINO, Tomás: Cuestiones disputadas sobre el mal Ed. Eunsa, Pamplona, 1997 (1268)


CLAVES: Tolerancia