RESUMEN:
Prohibición, Precepto, Consejo, Operación, Permiso


TEXTUAL:
Solución. HAY QUE DECIR: Son llamados signos de la voluntad por cuanto que con ellos acostumbramos a manifestar querer algo. Por otra parte, alguien puede manifestar querer algo, bien por sí mismo, bien por otro. Por sí mismo cuando hace algo directa, indirecta o accidentalmente. Directamente, cuando obra por sí mismo; y entonces la OPERACIÓN es signo. Indirectamente, cuando no se impide la operación, pues alejar obstáculos es mover accidentalmente, como se dice en VIII PHYSIC.27 Y entonces la PERMISIVIDAD es signo. Y alguien manifiesta querer algo por otro cuando ordena a otro hacer algo; bien induciéndole necesariamente, cuando ORDENA lo que quiere o PROHIBE lo contrario; bien induciéndole persuasivamente, y esto pertenece al CONSEJO. (...) Puede decirse que la PERMISIVIDAD y la OPERACIÓN van referidas al presente. La permisividad, al mal; la operación, al bien. Y también van referidas al futuro: la PROHIBICIÓN, al mal; el PRECEPTO, al bien necesario; el CONSEJO, a la sobreabundancia de bien.



OBJECIÓN 3: La OPERACIÓN y la PERMISIVIDAD alcanzan a todas las criaturas porque Dios obra en todas, y en todas permite que se haga algo. Pero el PRECEPTO, el CONSEJO y la PROHIBICIÓN alcanzan sólo a la criatura racional. Por lo tanto, no deben ser incluidas en la misma división porque no entran en el mismo género. RESPUESTA: A LA TERCERA HAY QUE DECIR: La criatura racional es dueña de sus actos; y éste es el motivo por el que, con respecto a ella, haya algunos signos especiales de la voluntad divina, en cuanto que Dios destina a la criatura racional a obrar libremente y por sí misma. Pero otras criaturas no obran más que movidas por la operación divina; y éste es el motivo por el que, con respecto a ellas, no puede darse más que la operación y la permisividad.



OBJECIÓN 4. Por último. El mal se da de más formas que el bien; porque tal como nos consta por el Filósofo en II ETHIC.25, y por Dionisio en el c.4 DE DIV. NOM.26, el bien sucede de una sola forma, pero el mal, de muchas. Así, pues, no es correcto que al mal se le asigne un solo signo, la PROHIBICIÓN; y que al bien se le asignen dos, el CONSEJO y el PRECEPTO. RESPUESTA A LA 4. A LA CUARTA HAY QUE DECIR: Todo mal de culpa, aun cuando se dé de forma múltiple, sin embargo, coincide en que discrepa de la voluntad divina. Y éste es el motivo por el que, con respecto al mal, se asigne sólo la PROHIBICIÓN. Pero las diversas formas de bien están relacionadas con la bondad divina. Porque hay algunos bienes sin los que no podemos conseguir gozar de la bondad divina. Con respecto a ellos, se asigna el PRECEPTO. Hay otros con los que lo conseguimos más perfectamente. Con respecto a ellos se asigna el CONSEJO. También hay que decir: El CONSEJO no sólo está destinado a alcanzar los bienes mejores, sino también a evitar los males menores.


COMENTARIO:
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FUENTE:
Tomás de Aquino: Suma Teologica, I, [trad. BAC Maior, 2001] q. 19, a. 12, s.


FUENTE AMPLIADA:
DE AQUINO, Tomás: Suma de Teología, Parte Primera Ed. BAC, Madrid, 2001 (1273)


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